¿En qué categoría está clasificada una escopeta de caza, con cañón estriado adaptable, con recámara para cartuchos metálicos?
Actividad 29 de junio de 2026
Clasificación de la escopeta descrita
Respuesta: B) En la 2ª categoría.
Fundamento normativo
El artículo 3 del Reglamento de Armas incluye, en la 2ª categoría (2ª.2), los cañones estriados adaptables a escopetas de caza con recámara para cartuchos metálicos, siempre que no estén clasificados como armas de guerra.
Interpretación práctica
Qué significa “cañón estriado adaptable”: se trata de un cañón que, aunque pueda montarse en una escopeta, presenta estriado (ánima rayada) y admite recámara para cartuchos metálicos; el Reglamento lo trata de forma específica.
No es suficiente la apariencia: que una pieza sea físicamente similar a una escopeta no la convierte automáticamente en categoría 3ª; lo decisivo es el tipo de cañón y el marcado/encuadre técnico previsto por el Reglamento.
Aplicación al caso concreto
El enunciado describe exactamente el supuesto regulado en la 2ª.2: escopeta de caza con cañón estriado adaptable y recámara para cartuchos metálicos. Por tanto, su encuadre reglamentario corresponde a la 2ª categoría y no a la 1ª ni a la 3ª.
Consecuencias prácticas
Régimen y licencia: al pertenecer a la 2ª categoría, la escopeta se somete al régimen de tenencia, registro y licencias que el Reglamento asigna a esa categoría; esto condiciona el tipo de autorización y las obligaciones del titular.
Verificación técnica: en caso de dudas (modificaciones, adaptaciones o marcado ambiguo), conviene solicitar el criterio del banco de pruebas o de la autoridad competente para confirmar la clasificación antes de tramitar documentación.
Conclusión
Respuesta correcta: B) En la 2ª categoría. La descripción encaja con la definición reglamentaria de cañones estriados adaptables a escopetas de caza con recámara para cartuchos metálicos, que se incluyen en la 2ª.2 del Reglamento.