Un revólver, de 20 centímetros de cañón y del calibre 38, ¿a qué categoría pertenece?
Actividad 29 de junio de 2026
Clasificación de un revólver (20 cm de cañón, calibre .38)
Respuesta: B) A la 1ª categoría.
Fundamento normativo
Qué determina la 1ª categoría: el Reglamento clasifica en la 1ª categoría a las armas de fuego cortas (pistolas y revólveres). La condición de arma corta se fija por criterios dimensionales: cañón ≤ 30 cm o longitud total ≤ 60 cm.
Aplicación al caso concreto
Tipo de arma: se trata de un revólver, que por su naturaleza entra en el grupo de pistolas/revólveres.
Dimensiones: el cañón mide 20 cm, por debajo del umbral de 30 cm, por lo que cumple la definición de arma de fuego corta.
Calibre: el calibre .38 no altera la clasificación corta/larga; es un dato relevante para usos y licencias, pero no para excluirlo de la 1ª categoría.
Consecuencias prácticas
Régimen jurídico: al encuadrarse en la 1ª categoría, el revólver estará sujeto al régimen, registro y licencias que el Reglamento establece para armas cortas.
Trámites: la documentación, la licencia exigible y las obligaciones de tenencia se ajustarán a lo previsto para la 1.ª categoría; ante dudas administrativas conviene verificar el marcado y la ficha técnica o solicitar criterio a la autoridad competente.
Ejemplo ilustrativo
Revólver con cañón 20 cm y longitud total 35–40 cm → 1ª categoría (arma corta).
Si el cañón superara 30 cm y la longitud total superara 60 cm, habría que reevaluar su encuadre, pero ese no es el caso aquí.
Conclusión: por ser un revólver con cañón de 20 cm (≤ 30 cm), corresponde a la 1ª categoría.