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Comunidad de Madrid suspende temporalmente la caza de nueve especies de aves

Paola A.
Paola A.(España)

Creado el 18 de octubre de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido de forma temporal la aplicación de la Orden de Vedas en nueve especies de aves para la temporada de caza 2026-2027. Las nueve especies referidas son la becada, la codorniz común, la paloma zurita, el zorzal alirrojo, el zorzal real, la corneja negra, la paloma bravía, la perdiz roja y la urraca.

La medida afecta el periodo general comprendido entre el 8 de octubre del 2026 y el 31 de enero del 2027. También a los pasos tradicionales correspondientes del 15 de octubre al 15 de noviembre del 2026. Dicha sentencia seguirá vigente hasta que se levante la suspensión o recaiga la misma.

No obstante, la medida no afecta a sueltas autorizadas, tampoco a cotos comerciales que cumplan con las condiciones establecidas de manera legal. Por lo tanto, en el periodo indicado no se puede cazar en Madrid ninguna de las especies mencionadas, salvo las excepciones confirmadas por la Administración.

La RFEC se opone a la suspensión cautelar

La Real Federación Española de Caza (RFEC) ha expresado su preocupación por la suspensión cautelar de caza de las nueve especies. Con ello en mente, se personará en el procedimiento judicial para defender los intereses de los cazadores, así como evitar que esta medida pueda extenderse a otras comunidades autónomas.

La RFEC ha comunicado que considera a esta medida como una decisión de extraordinaria gravedad, que no sólo genera inseguridad jurídica, sino que podría ocasionar perjuicios no reparables a miles de cazadores. Entre los afectados también estarían clubes deportivos, sociedades, titulares de cotos, e incluso muchas actividades vinculadas al medio rural de Madrid.

Alterar el desarrollo de una actividad legal como es la caza legal, regulada y planificada de dichas especies, representa una gran molestia para los afectados. La federación hace hincapié en que las medidas cautelares deberían responder a criterios de proporcionalidad adecuada en los intereses en conflicto.

Es decir, preservar la seguridad jurídica de los cazadores es importante y adoptar un carácter provisionalísimo y sin audiencia previa, podría generar consecuencias negativas en el sector cinegético.

Además, la RFEC insiste en que las decisiones que afecten a este nivel a la actividad cinegética deberían sustentarse en los correspondientes criterios científicos y técnicos adecuados. No en planteamientos ideológicos.

La RFEC se personará en el procedimiento judicial en compañía de la Federación Madrileña de Caza, la Fundación Artemisan y otras entidades del sector. Si bien el procedimiento intentará solucionar la disyuntiva, por los momentos el anuncio de este no suspende la resolución judicial dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

 

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