Tema 2: Regulación de la caza

Practica requisitos para cazar, especies cazables, terrenos, modalidades, responsabilidades e infracciones.

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REGULACIÓN Y PRÁCTICA DE LA CAZAConcepto de caza y requisitos para su práctica

Pregunta Nº31

Es acción de cazar la ejercida por las personas mediante el uso de artes, armas, animales o medios homologados apropiados para buscar, atraer, perseguir o acosar a los animales, con el fin de darles muerte, apropiarse de ellos o de facilitar su captura por una tercera:

a)Cierto.
b)Falso.
c)Sólo cuando se llega a matar la pieza.

Preguntas restantes:168/168

Fallos de la pregunta actual:—

Nº de repeticiones:0

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Ordenar las situaciones que regula la caza

Las 168 preguntas de este tema pertenecen al catálogo de Yurkap. El anexo II reúne requisitos para practicar la caza, especies cazables, terrenos, señalización, daños, modalidades, infracciones, transporte de piezas y trofeos. Es un tema amplio: resulta más útil organizarlo por situaciones que estudiar una lista de leyes sin contexto.

En cada caso, localiza quién interviene, dónde ocurre y qué conducta se describe. El capítulo 2 del manual ayuda a agrupar las preguntas:

  • concepto de caza y requisitos para ejercerla;
  • terrenos, cotos, señalización y zonas de seguridad;
  • responsabilidad por daños y modalidades;
  • prohibiciones, infracciones y tratamiento de las piezas.

Separar personas, permisos y terrenos

Haz fichas distintas para propietario del terreno, titular del aprovechamiento y participante en la actividad. Compara qué pide exactamente cada enunciado antes de elegir una opción. En señalización, dibuja el lugar y anota qué información aporta cada señal; en daños, identifica primero la situación planteada.

Hay una actualización que conviene conocer al leer el material de 2014: la Ley 1/2025, artículo único modifica la definición de caza del artículo 2 de la Ley 2/2011. El acompañante que no porta armas ni participa activamente no necesita licencia de caza; batidores, ojeadores y perreros no se consideran acompañantes a estos efectos. Consulta el texto completo para sus condiciones y responsabilidades. Esta referencia no modifica las preguntas de práctica.

Repasar por grupos

Alterna requisitos, terrenos y modalidades; al corregir, escribe qué detalle del caso cambió tu respuesta. El reparto de Yurkap conserva aquí la pregunta 198, situada al comienzo del capítulo 3 del PDF oficial, para mantener la organización de la práctica y el progreso. Su numeración y respuesta no cambian: 168 es el recuento de este catálogo, no el del capítulo 2 del PDF.

Conecta el repaso con el tema 1, legislación y el tema 7, ética y seguridad. Practica después en el simulador del examen y consulta el formato de la prueba en la portada de Euskadi.

Si antes quieres leerlas con calma, tienes las 168 preguntas del tema 2 con la respuesta de la plantilla oficial: Ver todas las preguntas del tema con su respuesta.

Una precisión sobre la pregunta 176

La respuesta A sigue la plantilla del cuestionario de 2014. Su referencia general a una inhabilitación de hasta cinco años no explica todos los supuestos actuales. Los artículos 334.1 y 335.1 del Código Penal distinguen conductas y prevén, respectivamente, inhabilitación para cazar o pescar de dos a cuatro y de dos a cinco años. Consulta cada precepto para su supuesto y sus demás penas; la respuesta de práctica no sustituye esa lectura. Consulta normativa: 08-10-2026.

Fuentes y alcance

Programa: Decreto 160/2014, anexo II, tema 2. Material: Manual de caza, capítulo 2, apartados 2.1–2.10 y cuestionario, capítulo 2. Consulta de estas fuentes y de la Ley 1/2025: 08-10-2026.

Yurkap ofrece apoyo de estudio independiente y no sustituye las normas ni las autorizaciones administrativas.

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