Preguntas y respuestas del tema 3: Circulación, revista y transferencia de armas

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El tema 3, «Circulación de las armas. Revista de armas. Transferencia de armas», tiene 66 preguntas con su respuesta. Las 28 primeras tratan de la guía de circulación y de los envíos: quién la expide, cuándo hace falta, cómo se embalan y se precintan las armas y por qué medio se mandan a reparar. Las 20 siguientes preguntan por la revista de armas: cada cuántos años se pasa, si hay que presentar el arma y qué ocurre si se deja de pasar. Las 18 últimas tratan de la venta y del préstamo de armas: qué debe tener el comprador, a quién se pueden prestar y por cuánto tiempo.

La respuesta correcta, la que la Guardia Civil marca en negrita en sus PDF de respuestas, aparece resaltada en verde y escrita con su letra debajo de cada pregunta, por ejemplo «Respuesta correcta: B».

Explicación elaborada por la redacción de Yurkap; lo que vale es la respuesta del cuestionario oficial de la Guardia Civil y la norma vigente.

Las 66 preguntas del tema con su respuesta

Preguntas 1–66, con la numeración del cuestionario

  1. ¿Cómo se denomina el documento que ampara el traslado, sin licencia ni guía de pertenencia, entre dos lugares, de armas de las categorías 2ª y 3ª?

    A) Guía de circulación.
    B) Guía de transporte.
    C) Albarán de circulación.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Se llama guía de circulación: es el documento que ampara el traslado de un arma entre dos lugares cuando viaja sin licencia o sin guía de pertenencia. Así la define el art. 31.1 del Reglamento de Armas para las armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 8.ª y sus componentes esenciales terminados, y para las armas completas de la 7.ª.1 a la 7.ª.4. La expide la Intervención de Armas y Explosivos, una vez comprobadas las mercancías y sus medidas de seguridad.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) No es el nombre que le da el Reglamento de Armas: el art. 31.1 lo llama guía de circulación.
    • C) Un albarán no ampara el traslado: el documento del art. 31.1 es la guía de circulación, que expide la Intervención de Armas y Explosivos.
    Idea clave Traslado sin licencia ni guía de pertenencia = guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 31.1
  2. Cuando un particular adquiera una escopeta en localidad distinta a la de su residencia, ¿quien expedirá la Guía de Circulación?.

    A) La Intervención de Armas de su residencia.
    B) La Intervención de Armas del lugar de la compra.
    C) Las dos anteriores pueden ser válidas.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta La expide la Intervención de Armas del lugar de la compra, que es donde se documenta el traslado de la escopeta hasta la residencia del comprador. El art. 42.2 del Reglamento de Armas le permite expedir esa guía de circulación a la vista del parte de venta y de la licencia E. Después, el comprador tiene que presentarse, dentro de un plazo de diez días, en la Intervención de Armas de su residencia para pedir la guía de pertenencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La de su residencia interviene después: en ella pide el comprador la guía de pertenencia, dentro de los diez días.
    • C) Cada una tiene su papel: la guía de circulación la expide la Intervención de la compra, y la de pertenencia, la de la residencia.
    Idea clave Escopeta comprada fuera = guía de circulación de la Intervención de la compra. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 42.2
  3. ¿Es cierto si afirmamos que no es preceptiva la guía de circulación para amparar una escopeta que su titular transportará de una localidad a otra, provisto de guía de pertenencia y licencia correspondiente?

    A) No en todos los casos.
    B) Siempre que el transporte se realice dentro de la provincia.
    C) Si.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Sí, porque la guía de circulación es el documento que ampara el traslado de un arma que viaja sin licencia o sin guía de pertenencia, según el art. 31.1 del Reglamento de Armas. Si el titular lleva la escopeta con su licencia y su guía de pertenencia, no se da ese caso. El art. 89.2 dice, además, que la guía de pertenencia acompaña siempre al arma en los casos de uso, depósito y transporte.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) En el caso del enunciado el titular lleva la licencia y la guía de pertenencia, y entonces el art. 31.1 no exige guía de circulación.
    • B) El art. 31.1 no distingue por provincias: lo que decide es que el arma viaje con su licencia y su guía de pertenencia.
    Idea clave Con licencia y guía de pertenencia = sin guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1 y 89.2
  4. ¿Quién expide la Guía de circulación para transportar un arma de fuego de la 3ª categoría?

    A) El/La Comandante de Puesto de la Guardia Civil
    B) La Intervención de Armas y Explosivos.
    C) El/La Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta La expide la Intervención de Armas y Explosivos correspondiente, que comprueba las mercancías y las medidas de seguridad antes de documentar el traslado. El art. 31.1 del Reglamento de Armas le atribuye esta función y establece que la guía debe ajustarse a los modelos aprobados por la Dirección General de la Guardia Civil. Esta regla comprende las armas de la 3.ª categoría.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 31.1 no encarga la guía de circulación al Puesto de la Guardia Civil, sino a la Intervención de Armas y Explosivos.
    • C) Tampoco al jefe de la Comandancia: la guía de circulación la expide la Intervención de Armas y Explosivos (art. 31.1).
    Idea clave Guía de circulación = la expide la Intervención de Armas y Explosivos. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1, 26.3 y 42.2
  5. ¿Por qué es necesario solicitar una guía de circulación cuando se envía a reparar una báscula de escopeta entre dos lugares distintos?

    A) Por ser un componente esencial
    B) No es necesario
    C) Esta prohibido

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Porque la báscula es un componente esencial de la escopeta, y un componente esencial suelto tiene el mismo régimen que el arma. El art. 1.2 del Reglamento de Armas la incluye entre los componentes esenciales de las armas de fuego largas y les da el régimen jurídico del arma de la que forman parte. Por eso, cuando viaja sin licencia o sin guía de pertenencia, necesita guía de circulación, igual que la escopeta (art. 31.1), y si se envía a reparar a otra localidad sin su dueño, la expide la Intervención de Armas de origen (art. 26.3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Sí lo es: el art. 31.1 exige guía de circulación también para los componentes esenciales terminados.
    • C) Enviarla a reparar no está prohibido: el art. 26.3 prevé el envío a un armero de otra localidad, con guía de circulación.
    Idea clave Báscula = componente esencial = mismo régimen que la escopeta. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 1.2, 31.1 y 26.3
  6. Cuando se envíe una escopeta sin guía de pertenencia y sin licencia, ¿qué documento amparará el traslado de una localidad a otra?

    A) La autorización del armero
    B) El permiso del Ayuntamiento
    C) La guía de circulación

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta La guía de circulación, porque es el documento que ampara el traslado entre dos lugares de un arma que viaja sin licencia o sin guía de pertenencia. El art. 31.1 del Reglamento de Armas la exige para las armas de la 3.ª categoría, entre ellas las escopetas, y dice que la expide la Intervención de Armas y Explosivos tras comprobar las mercancías y sus medidas de seguridad. Sin ella, los transportistas no admiten el envío (art. 40.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La autorización de un armero no sustituye a la guía de circulación, que expide la Intervención de Armas y Explosivos (art. 31.1).
    • B) El Ayuntamiento no expide guías de circulación: el art. 31.1 se las encarga a la Intervención de Armas y Explosivos.
    Idea clave Escopeta sin licencia ni guía de pertenencia = viaja con guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1, 40.1 y 3
  7. ¿Qué armas de las que se citan a continuación, que se trasladan sin guía de pertenencia y sin licencia, necesitan guía de circulación para ser trasladadas entre dos localidades distintas?

    A) Las de la 3ª categoría
    B) Las de la 8ª categoría
    C) Las dos anteriores son ciertas.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Las dos son ciertas, porque el art. 31.1 del Reglamento de Armas exige guía de circulación para trasladar sin licencia o sin guía de pertenencia las armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 8.ª, con sus componentes esenciales terminados, y las armas completas de la 7.ª.1 a la 7.ª.4. La 3.ª categoría reúne, entre otras, las escopetas, y la 8.ª, las armas acústicas y de salvas (art. 3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Es cierta, pero incompleta: las armas de la 8.ª categoría también necesitan guía de circulación (art. 31.1).
    • B) Es cierta, pero incompleta: las armas de la 3.ª categoría también necesitan guía de circulación (art. 31.1).
    Idea clave Guía de circulación = categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª.1 a 7.ª.4 y 8.ª. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1 y 3
  8. ¿Cuándo necesitará guía de circulación una carabina de aire comprimido, que se traslade sin guía de pertenencia y sin licencia?

    A) En todos los casos
    B) Nunca
    C) Si se trata de una carabina cuya energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 Julios

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Cuando la energía del proyectil en boca supera los 24,2 julios, porque entonces la carabina es de la 3.ª categoría. El art. 3 del Reglamento de Armas incluye en la 3.ª.3 las armas accionadas por aire u otro gas comprimido cuya energía cinética en boca excede de 24,2 julios, y en la 4.ª, las carabinas accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. El art. 31.1 exige guía de circulación para la 3.ª categoría, pero no para la 4.ª.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Las carabinas de aire comprimido de la 4.ª categoría no están entre las armas que exigen guía de circulación (art. 31.1).
    • B) Sí la necesita cuando supera los 24,2 julios: entonces es de la 3.ª.3, que el art. 31.1 incluye.
    Idea clave Aire comprimido de más de 24,2 julios = 3.ª.3 = guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 3 y 31.1
  9. ¿Qué armas de las que se citan a continuación, que se trasladan sin guía de pertenencia y sin licencia, no necesitan guía de circulación para ser trasladadas entre dos localidades?

    A) Las escopetas
    B) Las armas de fuego largas rayadas.
    C) Las dos anteriores son falsas.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Las dos son falsas, porque tanto las escopetas como las armas de fuego largas rayadas necesitan guía de circulación cuando se trasladan sin licencia ni guía de pertenencia. El art. 31.1 del Reglamento de Armas la exige, entre otras, para las armas de las categorías 2.ª y 3.ª. Las escopetas son de la 3.ª.2, y las armas largas rayadas, de la 2.ª.2 si son utilizables para caza mayor o de la 3.ª.1 si son de 5,6 milímetros y percusión anular, para tiro deportivo (art. 3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Sí la necesitan: son de la 3.ª.2, una de las categorías del art. 31.1.
    • B) Sí la necesitan: son de la 2.ª.2 o de la 3.ª.1, categorías que el art. 31.1 incluye.
    Idea clave Escopetas y armas largas rayadas, sin licencia ni guía = guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1 y 3
  10. ¿Qué armas de las que se citan a continuación, que se trasladan sin guía de pertenencia y sin licencia, necesitan guía de circulación para su traslado entre dos localidades distintas?

    A) Las escopetas
    B) Las armas de fuego largas rayadas.
    C) Las dos anteriores son ciertas.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Las dos son ciertas, porque escopetas y armas de fuego largas rayadas pertenecen a categorías para las que el art. 31.1 del Reglamento de Armas exige guía de circulación cuando se trasladan sin licencia o sin guía de pertenencia. Las escopetas son de la 3.ª.2, y las armas largas rayadas, de la 2.ª.2 o de la 3.ª.1 (art. 3). La guía la expide la Intervención de Armas y Explosivos.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Es cierta, pero incompleta: las armas de fuego largas rayadas también la necesitan.
    • B) Es cierta, pero incompleta: las escopetas también la necesitan.
    Idea clave Escopetas y armas largas rayadas, sin licencia ni guía = guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 31.1 y 3
  11. Además de la guía de circulación, ¿se necesita algún otro documento que acompañe al arma, cuando ésta se envíe a reparar a otra localidad?

    A) La guía de pertenencia
    B) Autorización escrita por el titular
    C) Ningún otro documento

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Ningún otro, porque en ese envío la guía de circulación sustituye a la guía de pertenencia. El art. 26.3 del Reglamento de Armas exige que un arma que se entrega a reparar vaya con su guía de pertenencia, que el armero conserva mientras dura la reparación. Pero si el propietario vive en una localidad distinta de la del armero y no lleva el arma personalmente, ese documento se sustituye por una guía de circulación, expedida por la Intervención de Armas de origen.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) En este caso la sustituye la guía de circulación, según el art. 26.3.
    • B) El art. 26.3 no la pide: el envío a reparar lo ampara la guía de circulación.
    Idea clave Enviada a reparar: la guía de circulación sustituye a la de pertenencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 26.3
  12. ¿Es cierto que el Reglamento de Armas contempla que las armas reglamentadas de cualquier categoría y sus componentes esenciales acabados circularán en envases debidamente acondicionados para su seguridad durante el traslado?

    A) Cierto.
    B) Falso.
    C) Depende del tipo de armas.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Es cierto: el envase debe estar acondicionado para proteger el arma o sus componentes esenciales durante el traslado. El art. 34 del Reglamento de Armas exige esta protección para las armas reglamentadas de cualquier categoría y sus componentes esenciales acabados. En el comercio interior, el art. 35.1 limita a 25 las armas por envase y prohíbe mezclar armas cortas o largas de cañón estriado con escopetas de caza y asimiladas. Los arts. 36 y 37 regulan la separación por destinatarios y el precintado.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Es justo lo que dice el art. 34 del Reglamento de Armas.
    • C) El art. 34 vale para las armas reglamentadas de cualquier categoría, sin distinguir tipos.
    Idea clave Armas y componentes esenciales = circulan en envases acondicionados. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 34 a 37
  13. ¿Se pueden enviar a reparar en un mismo envase, las escopetas junto con sus municiones?

    A) Sí, siempre que en el mismo paquete no haya más de 25 armas cortas
    B) Sí, siempre que en el mismo paquete no haya más de tres escopetas
    C) No

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta No, porque el Reglamento de Armas prohíbe enviar las armas junto con su munición. Su art. 39.4 dice que en ningún caso podrán hacerse envíos o transportes de armas cargadas ni de armas conjuntamente con cartuchería susceptible de ser utilizada con ellas. La prohibición no depende del número de armas del envase ni del motivo del envío: vale también para una escopeta que va a reparar.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El límite de armas por envase no permite añadir la munición: el art. 39.4 lo prohíbe en todo caso.
    • B) Tampoco con pocas escopetas: la prohibición del art. 39.4 no depende del número de armas.
    Idea clave Envío de armas = nunca con su munición. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 39.4
  14. ¿Quién precintará los envases que contengan armas largas de cañón estriado?

    A) El Servicio Postal de Correos
    B) Intervención de Armas de la Guardia Civil o Armero/a autorizado/a
    C) La empresa consignataria

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Los precintan la Intervención de Armas de la Guardia Civil o un armero autorizado: el art. 37 del Reglamento de Armas encarga el precinto a las Intervenciones de Armas o a los comerciantes de armas autorizados, que se responsabilizan de su contenido. Ese artículo exige precintar los envases de armas cortas o largas de cañón estriado, de escopetas de caza y de armas asimiladas. La marca y el detalle del precinto se reseñan en la guía de circulación (art. 32.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 37 no encarga el precinto a Correos, sino a la Intervención de Armas o a un comerciante autorizado.
    • C) Tampoco a la empresa consignataria: el precinto es de la Intervención de Armas o de un comerciante autorizado (art. 37).
    Idea clave Precinto = Intervención de Armas o armero autorizado. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 37 y 32.1
  15. ¿Cómo deberán circular las armas reglamentadas de cualquier categoría y sus componentes esenciales?

    A) En envases debidamente acondicionados para su seguridad durante el traslado.
    B) En su funda y en una caja de cartón.
    C) Si va desmontada, es suficiente.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta En envases debidamente acondicionados para su seguridad durante el traslado: es lo que exige el art. 34 del Reglamento de Armas para las armas reglamentadas de cualquier categoría y sus componentes esenciales acabados. Los artículos siguientes completan la regla: en el comercio interior, un envase no lleva más de 25 armas ni mezcla armas cortas o largas de cañón estriado con escopetas de caza (art. 35.1), y los envases de esas armas van precintados (art. 37).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) El art. 34 no fija una funda ni una caja concreta: exige un envase acondicionado para la seguridad del traslado.
    • C) Desmontarla no basta: el art. 34 exige el envase también para los componentes esenciales sueltos.
    Idea clave Armas y componentes esenciales = circulan en envases acondicionados. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 34, 35.1 y 37
  16. Si Vd. pretende enviar dos armas de su propiedad a reparar a Éibar, a dos fábricas diferentes, ¿puede hacerlo en un solo envase?

    A) Sí, puesto que van destinados a la misma localidad.
    B) No pueden remitirse en el mismo envase, al corresponder a distintos destinatarios.
    C) Pueden ir en uno o dos paquetes, por estar permitido.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta No pueden ir en el mismo envase, porque cada fábrica es un destinatario distinto. El art. 36 del Reglamento de Armas dice que no pueden remitirse en un mismo envase ni reseñarse en la misma guía armas o piezas que correspondan a distintos destinatarios. Así, cada envío lleva su propia guía de circulación, que reseña al remitente, al consignatario y al destinatario (art. 32.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Lo que cuenta es el destinatario, no la localidad: dos fábricas son dos destinatarios aunque estén en Éibar.
    • C) No es opcional: con dos destinatarios, el art. 36 obliga a usar envases y guías distintos.
    Idea clave Destinatarios distintos = envases y guías distintos. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 36 y 32.1
  17. ¿Se debe enviar un rifle y una escopeta a reparar en un mismo envase?

    A) Sí, si van destinados al mismo armero.
    B) No, puesto que el mismo paquete no puede contener armas de cañón estriado junto con escopetas de caza.
    C) Sí, puesto que el paquete es adecuado para armas largas, como son el rifle y la escopeta.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta No, porque el art. 35.1 del Reglamento de Armas separa en envases distintos las armas de cañón estriado y las escopetas de caza. Dice que los envases para el comercio interior de armas de fuego no deben contener más de 25 armas ni llevar armas cortas o largas de cañón estriado junto con escopetas de caza y asimiladas. Un rifle es un arma larga de cañón estriado, así que viaja en un envase distinto del de la escopeta.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Aunque vayan al mismo armero: el art. 35.1 prohíbe juntarlas en un envase, sea cual sea el destinatario.
    • C) Ser las dos armas largas no basta: el art. 35.1 separa las de cañón estriado de las escopetas.
    Idea clave Cañón estriado y escopetas = en envases distintos. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 35.1
  18. ¿Es cierto que el Reglamento de Armas preceptúa que en ningún caso podrán hacerse envíos o transportes de armas cargadas ni de armas conjuntamente con cartuchería susceptible de ser utilizada con las armas transportadas?

    A) No lo preceptúa.
    B) En el transporte de algunas armas.
    C) Sí es cierto.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Sí es cierto: es lo que dice, con esas mismas palabras, el art. 39.4 del Reglamento de Armas. Son dos prohibiciones distintas: un arma no puede enviarse ni transportarse cargada, y tampoco junto con cartuchería que pueda utilizarse con ella. El artículo no distingue entre tipos de armas.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Sí lo preceptúa: es el texto del art. 39.4.
    • B) No se limita a algunas armas: el art. 39.4 dice «en ningún caso».
    Idea clave Envío de armas = ni cargadas ni junto con su munición. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 39.4
  19. ¿Se puede enviar a reparar una escopeta por Correo?

    A) No.
    B) Cuando vayan desmontadas.
    C) Sí, siempre que no se envíe conjuntamente con munición

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta No, porque las armas están prohibidas en los envíos postales conforme al art. 24.1 d) del Reglamento de los servicios postales. Para enviar la escopeta a reparar, el art. 39.1 del Reglamento de Armas prevé el ferrocarril o las empresas de transportes marítimas, aéreas o terrestres. Si el propietario reside en otra localidad y no la lleva personalmente, la guía de circulación sustituye a la de pertenencia, según el art. 26.3.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Desmontarla no cambia el medio de envío: sus componentes esenciales siguen el régimen del arma (art. 1.2).
    • C) Enviar el arma sin munición no elimina la prohibición de utilizar un envío postal (art. 24.1 d) del Reglamento de los servicios postales).
    Idea clave Envío de armas = ferrocarril o empresa de transportes, nunca por correo. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 39, apartados 1 y 4, y arts. 26.3 y 1.2; Reglamento de los servicios postales (Real Decreto 437/2024), art. 24.1 d)
  20. ¿Cuándo se puede enviar a reparar las armas cargadas?

    A) Sí, si son cortas
    B) Nunca
    C) Con autorización del Interventor de Armas.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Nunca, porque el Reglamento de Armas prohíbe en todo caso enviar o transportar armas cargadas. Su art. 39.4 dice que en ningún caso podrán hacerse envíos o transportes de armas cargadas, ni de armas junto con cartuchería que pueda utilizarse con ellas. Por eso un arma que se envía a reparar viaja siempre descargada y sin su munición.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 39.4 no distingue entre armas cortas y largas: ninguna puede enviarse cargada.
    • C) El art. 39.4 no admite autorizaciones: dice «en ningún caso».
    Idea clave Arma cargada = nunca se envía ni se transporta. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 39.4
  21. ¿Qué plazo establece el Reglamento de Armas al particular que compra una escopeta en localidad distinta a la de su residencia para personarse en la Intervención de Armas y solicitar la Guía de Pertenencia?

    A) No hay plazo establecido
    B) Diez días.
    C) Un día

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Diez días: es el plazo que fija el art. 42.2 del Reglamento de Armas. Cuando un particular compra una escopeta en una localidad distinta de la de su residencia, la Intervención de Armas del lugar de la compra puede expedirle una guía de circulación, a la vista del parte de venta y de su licencia E. Después, dentro de esos diez días, el comprador tiene que presentarse en la Intervención de Armas de su residencia y pedir la guía de pertenencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Sí lo hay: el art. 42.2 da diez días para pedir la guía de pertenencia.
    • C) El plazo no es de un día, sino de diez (art. 42.2).
    Idea clave Escopeta comprada fuera = diez días para pedir la guía de pertenencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 42.2
  22. ¿Por qué medio de transporte tiene que ser enviada una escopeta a reparar, si no la lleva su titular personalmente?

    A) Por giro postal
    B) A través de una empresa de transportes.
    C) Por medio de un amigo personal

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta A través de una empresa de transportes, uno de los medios que el Reglamento de Armas admite para enviar armas. Su art. 39.1 dice que los envíos se hacen por ferrocarril o por empresas de transportes marítimas, aéreas o terrestres. Si el titular vive en una localidad distinta de la del armero y no lleva la escopeta personalmente, su guía de pertenencia se sustituye por una guía de circulación, expedida por la Intervención de Armas de origen (art. 26.3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) No es uno de los medios de envío del art. 39.1: ferrocarril o empresas de transportes.
    • C) Un amigo no es un medio de envío del art. 39.1, y el arma no puede pasar a poder de otro fuera de los casos del art. 92.
    Idea clave Escopeta a reparar sin su titular = empresa de transportes y guía de circulación. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 39.1, 26.3 y 92
  23. ¿Puede un particular que ha comprado un arma larga rayada, en población distinta de la residencia, transportar dicha arma consigo hasta la Intervención de Armas de su residencia para que le extiendan la Guía de pertenencia?

    A) Sí se puede, siempre que tenga licencia de armas
    B) Sí, siempre que el comprador se halle en posesión de la guía de pertenencia
    C) No.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta No, porque la vía que deja al comprador trasladar el arma recién comprada, con una guía de circulación de la Intervención de Armas del lugar de la compra, es la de la escopeta con licencia E (art. 42.2 del Reglamento de Armas). El arma larga rayada llega como envío, por ferrocarril o por empresa de transportes (art. 39.1), y el comprador la retira en la Intervención de Armas con su licencia (art. 44.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Tener licencia no basta: la vía del art. 42.2 es para la escopeta, no para el arma larga rayada.
    • B) La guía de pertenencia es lo que todavía no tiene: el arma se documenta cuando la retira en la Intervención (art. 44.1).
    Idea clave Arma larga rayada comprada fuera = llega por envío, no la lleva el comprador. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 42.2, 39.1 y 44.1
  24. En ningún caso podrán hacerse los envíos de:

    A) Armas cargadas
    B) Armas con cartuchería correspondiente a las mismas
    C) La a) y la b) son ciertas

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Las dos son ciertas, porque el art. 39.4 del Reglamento de Armas recoge las dos prohibiciones en la misma frase: en ningún caso podrán hacerse envíos o transportes de armas cargadas ni de armas conjuntamente con cartuchería susceptible de ser utilizada con ellas. Un arma descargada tampoco puede viajar con su munición en el mismo envío.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Es cierta, pero incompleta: tampoco pueden enviarse armas con la cartuchería que pueda usarse con ellas.
    • B) Es cierta, pero incompleta: tampoco pueden enviarse armas cargadas.
    Idea clave Envío de armas = ni cargadas ni junto con su munición. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 39.4
  25. Al remitir un arma para reparación u otras causas, ¿Dónde debe figurar la declaración del contenido?

    A) En la documentación y en el mismo paquete, en caracteres de suficiente claridad.
    B) No debe figurar en ningún sitio visible, por tratarse de armas que deben transportarse con toda reserva.
    C) Solamente debe figurar en la documentación (guía de circulación).

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta En la documentación y en el propio paquete, en caracteres de suficiente claridad, como exige el art. 40.1 del Reglamento de Armas. Una resolución de la Guardia Civil concreta la etiqueta del paquete: de color naranja fosforescente, pegada o impresa en cada una de sus caras, con la palabra «Armas» y la frase «Este paquete contiene las armas que figuran en la guía de circulación». Se trata de evitar que se extravíen armas durante el transporte: quien las transporta tiene que saber lo que lleva.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Es al contrario: el paquete lleva etiquetas visibles con la palabra «Armas» en cada una de sus caras.
    • C) Es incompleta: el art. 40.1 exige la declaración también en el mismo paquete.
    Idea clave Declaración del contenido = en la documentación y en el paquete. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 40.1; Resolución de 24 de noviembre de 1995, de la Secretaría General-Dirección General de la Guardia Civil, sobre el etiquetado de los paquetes con armas, apartados tercero y cuarto, y preámbulo
  26. ¿Cómo debe transportarse un rifle de caza mayor, de nueva adquisición y sin guía de pertenencia, de una localidad a otra donde resida el titular?

    A) Lo puede llevar el titular personalmente
    B) Por medio de empresa de transporte
    C) Con autorización de la armería

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Por medio de una empresa de transportes, porque un rifle recién comprado y sin guía de pertenencia llega como envío a la localidad de su titular. El art. 39.1 del Reglamento de Armas dice que los envíos de armas se hacen por ferrocarril o por empresas de transportes, y el rifle, de la 2.ª categoría, viaja con la guía de circulación que exige el art. 31.1. El titular lo retira después en la Intervención de Armas con su licencia (art. 44.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La vía del art. 42.2, que deja al comprador trasladar el arma recién comprada con una guía de circulación, es para la escopeta, no para el rifle.
    • C) Una autorización de la armería no sustituye a la guía de circulación, que expide la Intervención de Armas y Explosivos (art. 31.1).
    Idea clave Rifle nuevo sin guía de pertenencia = viaja por empresa de transportes. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 39.1, 31.1, 44.1, 42.2 y 3
  27. Cuando un particular reciba notificación del remitente que le ha sido enviada a la Intervención de Armas de la Guardia Civil, la escopeta que compró al citado remitente, ¿qué deberá hacer?

    A) Presentarse en la Intervención de Armas con la licencia de caza.
    B) Trasladarse a la Intervención de Armas para ver si le gusta y si no devolverla.
    C) Presentarse en la Intervención de Armas provisto de licencia o documento que le autorice para adquirirla.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Presentarse en la Intervención de Armas con la licencia o el documento que le autorice a adquirir la escopeta, porque sin él no puede retirarla. El art. 44.1 del Reglamento de Armas dice que los particulares que reciben del remitente el aviso de que les ha enviado armas a la Intervención de Armas se presentan en ella provistos de esa licencia o documento. Allí retiran el arma, previa documentación, y firman su recepción en la filial de la guía de circulación.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La licencia de caza no es la que pide el art. 44.1: hace falta la licencia o el documento que autorice a adquirir el arma.
    • B) No basta con acudir a verla: para retirarla debe presentar la licencia o el documento que autorice su adquisición (art. 44.1).
    Idea clave Retirar un arma enviada = en la Intervención, con la licencia que autorice adquirirla. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 44.1
  28. Cuando un particular es destinatario de una escopeta enviada a la Intervención de Armas y Explosivos, ¿es cierto que para retirarla debe presentar en dicha Intervención la licencia o documento que le autorice su adquisición?

    A) Falso.
    B) Cierto.
    C) Solo si se trata de escopetas.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Es cierto, porque el art. 44.1 del Reglamento de Armas lo exige a los particulares destinatarios de envíos de armas. Cuando el remitente les comunica que se las ha enviado a la Intervención de Armas, se presentan en ella provistos de la licencia o del documento que les autorice a adquirirlas, retiran el arma previa documentación y firman su recepción en la filial de la guía de circulación.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 44.1 exige expresamente esa licencia o ese documento para retirar el arma.
    • C) El art. 44.1 vale para cualquier envío de armas a un particular, no solo de escopetas.
    Idea clave Retirar un arma enviada = en la Intervención, con la licencia que autorice adquirirla. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 44.1
  29. ¿Es cierto que el Reglamento de Armas dispone que las armas de las categorías 1ª y todas las de concurso, pasarán revista cada tres años y las demás armas que precisen guía, cada cinco años?

    A) Cierto.
    B) Falso.
    C) Solo en las de 2ª categoría.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Es falso, porque el art. 90.1 del Reglamento de Armas fija hoy el mismo plazo para todas: las armas que precisan guía de pertenencia pasan revista cada cinco años, cuando su titular presenta la solicitud de renovación de la licencia. Lo que dice el enunciado, tres años para la 1.ª categoría y las armas de concurso, era la redacción anterior de ese artículo, que ya no está en vigor.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Era la redacción anterior del art. 90.1: la vigente fija cinco años para todas las armas que precisan guía.
    • C) No hay una regla aparte para la 2.ª categoría: pasa revista cada cinco años, como todas las armas con guía.
    Idea clave Revista = cada cinco años, para todas las armas con guía de pertenencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90.1
  30. ¿Cada cuántos años pasan revista las armas de la 2ª categoría?

    A) Dos años
    B) Cinco años.
    C) Todos los años

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Cada cinco años, porque las armas de la 2.ª categoría precisan guía de pertenencia y todas las que la precisan pasan revista con ese plazo. Lo dicen los arts. 88 y 90.1 del Reglamento de Armas: el primero exige guía de pertenencia para cada arma de la 2.ª categoría, y el segundo fija la revista cada cinco años, cuando el titular solicita la renovación de su licencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El plazo no es de dos años, sino de cinco (art. 90.1).
    • C) No es anual: el art. 90.1 fija la revista cada cinco años.
    Idea clave Armas de la 2.ª categoría = revista cada cinco años. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 88 y 90.1
  31. ¿Cada cuántos años pasan revista las armas de la 3ª categoría?

    A) Cinco años
    B) Nunca
    C) Tres años

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Cada cinco años, porque las armas de la 3.ª categoría precisan guía de pertenencia y todas las que la precisan pasan revista con ese plazo. El art. 88 del Reglamento de Armas exige guía de pertenencia para cada arma de la 3.ª categoría, que reúne, entre otras, las escopetas, y el art. 90.1 fija la revista cada cinco años, cuando el titular solicita la renovación de su licencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Sí pasan revista: necesitan guía de pertenencia (art. 88), y por eso entran en el art. 90.1.
    • C) El plazo vigente es de cinco años, no de tres (art. 90.1).
    Idea clave Armas de la 3.ª categoría = revista cada cinco años. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 88, 90.1 y 3
  32. ¿Es necesario presentar el arma para pasar revista?

    A) Si
    B) No
    C) Alguna vez

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Sí, porque el art. 90.4 del Reglamento de Armas exige presentar el arma para pasar revista. Puede llevarla el titular personalmente o un tercero debidamente autorizado por escrito. La autorización permite que otra persona realice la presentación, pero el arma debe estar presente en todos los casos.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) La presentación del arma es inexcusable, según el art. 90.4.
    • C) No es ocasional: el arma se presenta en cada revista (art. 90.4).
    Idea clave Pasar revista = presentar el arma, siempre. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90, apartados 3 y 4
  33. El hecho de no pasar dos revistas del arma, ¿es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia?

    A) No
    B) Si
    C) Depende del valor histórico del arma

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Sí, porque el art. 90.5 del Reglamento de Armas dice que no pasar dos revistas consecutivas es causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia. El arma queda entonces depositada y sigue el destino que fija el art. 165. Todo ello sin perjuicio de la sanción del art. 157, que tipifica como infracción leve la omisión de las revistas obligatorias.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 90.5 dice lo contrario: dos revistas consecutivas sin pasar anulan y retiran la guía.
    • C) El art. 90.5 no distingue por el valor del arma: vale para todas las que pasan revista.
    Idea clave Dos revistas consecutivas sin pasar = anulación y retirada de la guía. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 90.5, 165 y 157 b)
  34. ¿En qué mes pasará revista el titular de una guía de pertenencia de una escopeta?

    A) En el mes que se abre la veda de caza
    B) En el mes de abril
    C) En el mes correspondiente a la renovación de la licencia.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta En el mes correspondiente a la renovación de su licencia, porque el Reglamento de Armas une la revista a esa renovación. Su art. 90.2 d) dice que los titulares de guías de pertenencia a los que no fija otro mes, como el titular de una escopeta, pasan la revista en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil dentro de ese mes, y el art. 90.1, que la revista se pasa al presentar la solicitud de renovación de la licencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 90 no la liga a la veda de caza, sino a la renovación de la licencia.
    • B) En abril pasan revista el personal del art. 114 y los funcionarios del servicio exterior (art. 90.2 a) y b)), no un particular con una escopeta.
    Idea clave Revista = en el mes de renovación de la licencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90, apartados 1 y 2
  35. ¿Qué necesita un familiar, con licencia de armas, de un titular de un arma para pasar la revista de las mismas?

    A) Demostrar la relación de parentesco con el titular del arma
    B) Autorización escrita del titular del arma.
    C) Autorización escrita del Delegado/a del Gobierno de la Comunidad

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Una autorización escrita del titular del arma, porque el art. 90.4 del Reglamento de Armas permite que un tercero presente el arma a la revista si está debidamente autorizado por escrito. Es uno de los casos en que el art. 92 deja que el arma pase a poder de otro. La presentación del arma es inexcusable: la hace el titular personalmente o la persona a la que ha autorizado.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El parentesco no basta: el art. 90.4 exige que el tercero esté autorizado por escrito.
    • C) La autorización la da el titular del arma, no el Delegado del Gobierno (art. 90.4).
    Idea clave Revista por un tercero = autorización escrita del titular. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 90.4 y 92
  36. No pasar dos revistas consecutivas, dará lugar a la anulación y retirada de la Guía de Pertenencia, ¿a qué dará lugar también?

    A) La pérdida de la propiedad del arma
    B) A la apertura de un expediente sancionador
    C) No poder cazar en el transcurso de un año

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta A la apertura de un expediente sancionador, porque no pasar las revistas obligatorias es, además, una infracción. El art. 90.5 del Reglamento de Armas anula y retira la guía de pertenencia tras dos revistas consecutivas sin pasar, «sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 157», y la letra b) de ese artículo tipifica como infracción leve la omisión de las revistas, con multa y retirada de las armas.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) No es la consecuencia del art. 90.5: el arma queda depositada y sigue el destino del art. 165, que permite al dueño enajenarla a quien tenga licencia o inutilizarla.
    • C) El art. 90.5 no prevé esa consecuencia: además de anular la guía, remite a la sanción del art. 157.
    Idea clave Dos revistas consecutivas sin pasar = guía anulada y expediente sancionador. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 90.5, 157 b) y 165
  37. ¿Quién realizará las anotaciones correspondientes al pasar la Revista de Armas?:

    A) La persona afectada
    B) El/La Interventor/a de Armas
    C) El/La Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Las hace el Interventor de Armas, porque el art. 90.3 del Reglamento de Armas encarga a los Interventores de Armas las anotaciones de la revista. La excepción es la del personal del art. 114 y la de los funcionarios del servicio exterior: sus anotaciones las llevan las autoridades correspondientes o las personas en quienes deleguen.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El titular no anota su propia revista: lo hacen los Interventores de Armas (art. 90.3).
    • C) El art. 90.3 no encarga las anotaciones al jefe de la Comandancia, sino a los Interventores de Armas.
    Idea clave Anotaciones de la revista = el Interventor de Armas. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90.3
  38. ¿Qué requisito es imprescindible para pasar la Revista de Armas?:

    A) La presentación del Arma
    B) Tiene que ser pasada por el/la titular del Arma
    C) Las respuestas a) y b) son ciertas

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta La presentación del arma es imprescindible para pasar revista, porque el art. 90.4 del Reglamento de Armas exige mostrarla en ese trámite de manera inexcusable.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) También puede presentarla un tercero autorizado por escrito (art. 90.4).
    • C) La B es falsa, porque el art. 90.4 admite a un tercero autorizado por escrito.
    Idea clave Requisito de la revista = presentar el arma. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90, apartados 4 y 5
  39. El hecho de no pasar la revista de armas constituye:

    A) Una infracción Administrativa
    B) Un Delito
    C) Una falta penal

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Una infracción administrativa, porque el Reglamento de Armas la tipifica como infracción leve. Su art. 157 b) considera infracción leve, si no constituye delito, la omisión de las revistas obligatorias, y la sanciona con multa y retirada de las armas. Si se dejan de pasar dos revistas consecutivas, además, se anula y se retira la guía de pertenencia (art. 90.5).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) El Reglamento la trata como infracción administrativa leve, no como delito (art. 157 b)).
    • C) No es una falta penal: es una infracción administrativa leve, que se sanciona en vía administrativa (art. 157 b)).
    Idea clave No pasar revista = infracción administrativa leve. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 157 b) y 90.5
  40. Si tengo una escopeta de caza, ¿cada cuánto tiempo tengo que pasar revista?

    A) Cada año.
    B) Cada tres años.
    C) Cada cinco años.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Cada cinco años, porque la escopeta de caza precisa guía de pertenencia y todas las armas que la precisan pasan revista con ese plazo. El art. 88 del Reglamento de Armas exige guía de pertenencia para cada arma de la 3.ª categoría, a la que pertenecen las escopetas, y el art. 90.1 fija la revista cada cinco años, cuando el titular solicita la renovación de su licencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) No es anual: el art. 90.1 fija la revista cada cinco años.
    • B) El plazo vigente es de cinco años, no de tres (art. 90.1).
    Idea clave Escopeta de caza = revista cada cinco años. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 88, 90.1 y 3
  41. ¿Cada cuánto tiempo pasarán revista las armas de concurso?

    A) Cada tres años.
    B) Cada cinco años.
    C) En cada concurso.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Cada cinco años, porque las armas de concurso, como las demás que precisan guía de pertenencia, pasan revista con ese plazo. El art. 90.1 del Reglamento de Armas no hace distinciones: todas las armas que precisan guía pasan revista cada cinco años, al presentar su titular la solicitud de renovación de la licencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El plazo vigente no es de tres años, sino de cinco (art. 90.1). La periodicidad anterior ya no se aplica.
    • C) La revista no depende de los concursos: es periódica, cada cinco años (art. 90.1).
    Idea clave Armas de concurso = revista cada cinco años, como las demás. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90.1
  42. ¿Cada cuánto tiempo pasarán revista las ballestas?

    A) Las ballestas no pasan revista, por no ser armas de fuego.
    B) Cada tres años.
    C) Cada cinco años como las escopetas.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Cada cinco años, como las escopetas, porque la ballesta también precisa guía de pertenencia. Es un arma de la categoría 7.ª.2 (art. 3 del Reglamento de Armas), y el art. 88 exige guía de pertenencia para las armas de la 7.ª.1 a la 7.ª.4, además de las de la 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 8.ª. Las armas que precisan guía pasan revista cada cinco años (art. 90.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La revista no depende de que sea un arma de fuego, sino de que precise guía de pertenencia, y la ballesta la precisa.
    • B) El plazo vigente es de cinco años, no de tres (art. 90.1).
    Idea clave Ballesta (7.ª.2) = guía de pertenencia y revista cada cinco años. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 3, 88 y 90.1
  43. ¿Puede un tercero, con licencia de armas, pasar revista de una escopeta?

    A) No, tiene que ser personalmente el titular.
    B) Sí, si lo autorizó el/la titular por escrito.
    C) Sí, aprovechando la revista de las suyas, sin más trámite.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Sí, siempre que el titular lo haya autorizado por escrito, porque el Reglamento de Armas admite que un tercero presente el arma a la revista. Su art. 90.4 dice que, para el pase de la revista, es inexcusable la presentación del arma, personalmente o por medio de tercero debidamente autorizado por escrito. El art. 92, que prohíbe que un arma pase a poder de otro, recoge expresamente ese caso como excepción.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El art. 90.4 admite que presente el arma un tercero autorizado por escrito.
    • C) Hace falta la autorización escrita del titular: sin ella, el tercero no puede presentar el arma (art. 90.4).
    Idea clave Revista por un tercero = autorización escrita del titular. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 90.4 y 92
  44. Una carabina de aire comprimido de la 4ª categoría. ¿cuándo tiene que pasar la revista?

    A) Cada cinco años.
    B) Cada tres años.
    C) No tiene que pasar revista.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta No tiene que pasar revista, porque las armas de la 4.ª categoría no llevan guía de pertenencia. El art. 90.1 del Reglamento de Armas impone la revista a las armas que precisan guía de pertenencia, y el art. 88 la exige para las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª.1 a 7.ª.4 y 8.ª, no para la 4.ª. Para llevarlas y usarlas fuera del domicilio, las armas de la 4.ª se documentan con tarjeta de armas (art. 105.1).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Ese es el plazo de las armas que precisan guía de pertenencia, y la 4.ª categoría no la precisa.
    • B) La 4.ª categoría no pasa revista, porque no lleva guía de pertenencia (arts. 88 y 90.1).
    Idea clave 4.ª categoría = sin guía de pertenencia, sin revista. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 88, 90.1 y 105.1
  45. ¿En qué circunstancias se puede pasar revista de armas sin presentarla en la Intervención de Armas o Puesto de la Guardia Civil?

    A) En caso de enfermedad
    B) Cuando sea de nueva adquisición
    C) En ningún caso

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta En ningún caso, porque el art. 90.4 del Reglamento de Armas dice que para el pase de la revista es inexcusable la presentación del arma. Lo que admite es que la presente, en lugar del titular, un tercero debidamente autorizado por escrito: el arma tiene que presentarse siempre.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La enfermedad no exime: si el titular no puede ir, presenta el arma un tercero autorizado por escrito (art. 90.4).
    • B) Ser de nueva adquisición no exime: el art. 90.4 declara inexcusable la presentación del arma.
    Idea clave Revista sin presentar el arma = nunca. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 90.4
  46. Un cañón estriado, y con recámara para cartuchos metálicos, adaptable a una escopeta de caza, pasará revista de armas a los:

    A) 5 años
    B) 3 años
    C) No pasa revista

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta A los cinco años, porque ese cañón está en la categoría 2.ª.2 y precisa guía de pertenencia. El art. 3 del Reglamento de Armas incluye en la 2.ª.2 los cañones estriados adaptables a escopetas de caza con recámara para cartuchos metálicos; el art. 88 exige guía de pertenencia para las armas de la 2.ª categoría, y el art. 90.1 dice que las que la precisan pasan revista cada cinco años.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) El plazo vigente es de cinco años, no de tres (art. 90.1).
    • C) Sí la pasa: está en la 2.ª.2, que necesita guía de pertenencia (art. 88).
    Idea clave Cañón estriado adaptable (2.ª.2) = revista cada cinco años. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 3, 88 y 90.1
  47. Una carabina de repetición accionada por gas comprimido, no asimilada a escopeta, pasará revista de armas cada:

    A) 3 años
    B) 5 años
    C) No necesita pasar revista

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta No necesita pasar revista, porque es un arma de la 4.ª categoría, que no lleva guía de pertenencia. El art. 3 del Reglamento de Armas incluye en la 4.ª.1 las carabinas de repetición accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. El art. 88 no exige guía de pertenencia para la 4.ª, y la revista del art. 90.1 es para las armas que la precisan.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La 4.ª categoría no pasa revista, porque no lleva guía de pertenencia (arts. 88 y 90.1).
    • B) Ese es el plazo de las armas que precisan guía de pertenencia, y la 4.ª categoría no la precisa.
    Idea clave 4.ª categoría = sin guía de pertenencia, sin revista. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 3, 88 y 90.1
  48. Una carabina de aire comprimido, cuyo proyectil en boca tiene una energía superior a los 24,2 julios, ¿ha de pasar revista de armas?

    A) Si
    B) No
    C) Sólo si se usa para cazar

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Sí, porque con más de 24,2 julios en boca es un arma de la 3.ª categoría, que precisa guía de pertenencia. El art. 3 del Reglamento de Armas incluye en la 3.ª.3 las armas accionadas por aire u otro gas comprimido cuya energía cinética en boca excede de 24,2 julios. El art. 88 exige guía de pertenencia para las armas de la 3.ª, y el art. 90.1 dice que las que la precisan pasan revista cada cinco años.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Sí la pasa: con más de 24,2 julios es de la 3.ª.3 y lleva guía de pertenencia (art. 88).
    • C) La revista depende de la categoría, no del uso: la 3.ª.3 lleva guía y pasa revista.
    Idea clave Aire comprimido de más de 24,2 julios = 3.ª.3, guía y revista. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 3, 88 y 90.1
  49. ¿Es cierto que el particular que desee enajenar un arma tiene que hacer la cesión a persona que posea la licencia, tarjeta o certificado de inutilización correspondiente?

    A) Sí, siempre que sea necesario con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Armas.
    B) Puede enajenarse a cualquiera.
    C) Las armas de fuego no pueden enajenarse.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Sí, siempre que el Reglamento de Armas lo exija para esa arma, porque así lo dice su art. 94.1. El adquirente necesita el documento que el Reglamento pide para esa arma: por ejemplo, licencia de armas para tener y usar armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª (art. 96.2), o tarjeta de armas para llevar y usar las de la 4.ª (art. 96.6). La cesión se hace, además, con conocimiento de la Intervención de Armas (art. 94.2).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Debe comprobarse que el adquirente posee la licencia, tarjeta o certificado correspondiente cuando el Reglamento lo exija para esa arma (art. 94.1).
    • C) Sí pueden enajenarse: los arts. 94 y 95 regulan cómo, a particulares o a comerciantes autorizados.
    Idea clave Cesión = documentación correspondiente cuando el Reglamento la exija. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 94, 95, 96.2 y 96.6
  50. Al enajenar un particular un arma de fuego, ¿donde entregará la guía de pertenencia?

    A) Al adquirente.
    B) En la Intervención de Armas.
    C) En el Ayuntamiento.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta En la Intervención de Armas, porque es ella la que hace el cambio de titular. El art. 94.2 del Reglamento de Armas dice que la cesión se hace con conocimiento de la Intervención de Armas, que recoge la guía de pertenencia del vendedor y, a la vista del arma, extiende una nueva al comprador. La guía recogida se anula y se envía a la Dirección General de la Guardia Civil para su anotación en el Registro Nacional de Armas (art. 94.3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) El comprador no recibe la guía del vendedor, sino una nueva que le extiende la Intervención (art. 94.2).
    • C) La guía la recoge la Intervención de Armas, no el Ayuntamiento (art. 94.2).
    Idea clave Enajenación = la guía del vendedor se entrega en la Intervención. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 94, apartados 2 y 3
  51. ¿Debe comunicarse a la Intervención de Armas la enajenación de un arma?

    A) Siempre
    B) Nunca
    C) Únicamente las armas cortas

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Siempre, porque el Reglamento de Armas exige que la enajenación de un arma se haga con conocimiento de la Intervención de Armas. Su art. 94.2 lo dice para la cesión entre particulares, y el art. 95.2, para la venta a un comerciante autorizado. Además, el art. 51.1 obliga a quien transmite la propiedad de un arma de fuego a informar a la Intervención de Armas de toda cesión o entrega.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Es lo contrario: los arts. 94.2 y 95.2 exigen que la Intervención conozca la enajenación.
    • C) Los arts. 94 y 95 no distinguen entre armas cortas y largas.
    Idea clave Enajenar un arma = siempre con conocimiento de la Intervención de Armas. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 94.2, 95.2 y 51.1; Guardia Civil, «Transferencias de armas», apartado «Transferencias de armas en España»
  52. ¿En qué caso no es necesario participar a la Intervención de Armas la enajenación de un arma?

    A) Se participa siempre.
    B) Cuando se enajena a una armería.
    C) Cuando se regala a alguien, sin mediar precio.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Se participa siempre, porque la enajenación se hace con conocimiento de la Intervención de Armas, tanto si el arma pasa a otro particular (art. 94.2 del Reglamento de Armas) como a un comerciante autorizado (art. 95.2). El art. 51.1 obliga, además, a quien transmite la propiedad de un arma de fuego a informar a la Intervención de toda cesión o entrega.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) La venta a un comerciante autorizado también se hace con conocimiento de la Intervención (art. 95.2).
    • C) Regalarla también es transmitir su propiedad: el art. 51.1 obliga a informar de toda cesión o entrega.
    Idea clave Venta, regalo o cesión de un arma = siempre se comunica a la Intervención. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 94.2, 95.2 y 51.1; Guardia Civil, «Transferencias de armas», apartado «Transferencias de armas en España»
  53. ¿Qué requisito es indispensable que tenga el comprador de un arma de fuego?

    A) Que se halle en posesión de la licencia para el arma que pretende adquirir.
    B) Que tenga licencia de caza y seguro del cazador.
    C) No es necesario requisito alguno.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Que tenga la licencia para el arma que quiere adquirir, porque el vendedor tiene que cederla a quien la posea. Lo dice el art. 94.1 del Reglamento de Armas: el particular que desee enajenar un arma tiene que hacer la cesión a una persona que posea la licencia, tarjeta o certificado de inutilización correspondientes, cuando el Reglamento lo exija. Después, la Intervención de Armas extiende al comprador una nueva guía de pertenencia (art. 94.2).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) No son los documentos del art. 94.1: el comprador necesita la licencia de armas que corresponda al arma.
    • C) Sí lo hay: el art. 94.1 exige la licencia, tarjeta o certificado correspondiente.
    Idea clave Comprador de un arma = con la licencia de esa arma. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 94, apartados 1 y 2
  54. La enajenación de un arma entre particulares, ¿qué nuevo documento le será expedido al comprador?

    A) Recibo de compra-venta.
    B) Entrega del arma al nuevo titular con su guía de pertenencia.
    C) Expedición de nueva guía de pertenencia.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Se le expide una nueva guía de pertenencia, porque la del vendedor se anula. El art. 94.2 del Reglamento de Armas dice que la Intervención de Armas recoge la guía de pertenencia del vendedor y, a la vista del arma, extiende una nueva al comprador. La guía recogida se anula y se envía a la Dirección General de la Guardia Civil para su anotación en el Registro Nacional de Armas (art. 94.3).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Un recibo no es el documento que expide la Intervención: el comprador recibe una nueva guía de pertenencia (art. 94.2).
    • B) La guía del vendedor no pasa al comprador: la Intervención la recoge y la anula (art. 94, apartados 2 y 3).
    Idea clave Enajenación entre particulares = nueva guía de pertenencia para el comprador. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 94, apartados 2 y 3
  55. La venta de un arma de fuego se efectuará siempre con conocimiento de:

    A) Comisaría de Policía.
    B) Dirección General de la Guardia Civil.
    C) Intervención de Armas correspondiente

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Con conocimiento de la Intervención de Armas correspondiente, porque es la que interviene en el cambio de titular. El art. 94.2 del Reglamento de Armas lo exige en la cesión entre particulares, y el art. 95.2, en la venta a un comerciante autorizado. La Intervención recoge la guía de pertenencia del vendedor y, si el comprador es un particular, le extiende una nueva.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Una comisaría no es el órgano que nombran los arts. 94.2 y 95.2: la venta se hace con conocimiento de la Intervención de Armas.
    • B) La Dirección General recibe después la guía anulada para el Registro Nacional de Armas; la venta se hace con conocimiento de la Intervención (art. 94).
    Idea clave Enajenar un arma = siempre con conocimiento de la Intervención de Armas. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 94 y 95.2
  56. ¿Es cierto que los extranjeros residentes en España podrían prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopetas?

    A) Cierto.
    B) Solo las escopetas.
    C) Los/Las extranjeros/as residentes no pueden prestar sus armas.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Es cierto: el art. 91.1 del Reglamento de Armas lo permite tanto a los españoles como a los extranjeros residentes en España. Pueden prestar sus armas de caza a quienes tengan licencia de caza y la licencia de arma larga rayada para caza mayor o de escopeta que corresponda, con una autorización escrita, fechada y firmada, para cazar durante quince días como máximo.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) También pueden prestarse armas largas rayadas para caza mayor, a quien tenga licencia de caza y la de esas armas (art. 91.1).
    • C) El art. 91.1 nombra expresamente a los extranjeros residentes en España.
    Idea clave Españoles y extranjeros residentes = pueden prestar sus armas de caza. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  57. ¿Qué requisitos debe cumplir una persona para que se le pueda ceder el arma?

    A) Ser propietario/a de un coto de caza
    B) Poseer la correspondiente licencia de armas
    C) Tener aficiones cinegéticas

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta Poseer la licencia de armas correspondiente, porque el Reglamento de Armas permite prestar un arma a quien esté habilitado para usarla. Según su art. 91.1, las armas de caza se prestan a quienes tienen licencia de caza y la licencia de arma larga rayada para caza mayor o de escopeta que corresponda, y las pistolas, revólveres y armas de concurso, a quienes están reglamentariamente habilitados para su uso.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Ser propietario de un coto no es un requisito del art. 91.1: hace falta la licencia de armas que corresponda.
    • C) La afición no habilita para usar un arma: el art. 91.1 exige licencias.
    Idea clave Préstamo de un arma = a quien tenga su licencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  58. ¿Por cuánto tiempo se puede prestar las armas para cazar ?

    A) Mientras sea titular de un coto de caza
    B) Un mes
    C) Quince días como máximo

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta Quince días como máximo: es el plazo que fija el art. 91.1 del Reglamento de Armas para prestar armas de caza. El préstamo se hace con una autorización escrita, fechada y firmada, precisamente para cazar, a quien tenga licencia de caza y la licencia de arma que corresponda, y el arma se presta siempre con su guía de pertenencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) La duración no depende de ningún coto: el art. 91.1 fija un máximo de quince días.
    • B) Supera el máximo de quince días que fija el art. 91.1.
    Idea clave Préstamo para cazar = quince días como máximo. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  59. ¿Cómo se debe hacer la cesión temporal de las armas ?

    A) Por escrito, fechado y firmado.
    B) De palabra
    C) Por teléfono

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Por escrito, con fecha y firma, porque la cesión temporal de un arma es el préstamo del art. 91.1 del Reglamento de Armas, que exige una autorización escrita, fechada y firmada para prestar armas de caza. Esa autorización permite usarlas durante quince días como máximo y precisamente para cazar. Las pistolas, revólveres y armas de concurso para tiro deportivo también se prestan con autorización escrita.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Un préstamo de palabra no deja la autorización escrita, fechada y firmada que exige el art. 91.1.
    • C) Una llamada tampoco es una autorización escrita, fechada y firmada (art. 91.1).
    Idea clave Cesión temporal (préstamo) = autorización escrita, fechada y firmada. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  60. Una persona con nacionalidad español/a, ¿a quien podrá prestar su escopeta?

    A) A quien tenga licencia de caza.
    B) No puede prestarla.
    C) A quienes estén provistos de la licencia de armas correspondiente y de licencia de caza.

    Respuesta correcta: C

    Por qué es la respuesta correcta A quienes tengan la licencia de armas correspondiente y la licencia de caza, porque el art. 91.1 del Reglamento de Armas exige ambas para prestar armas de caza. La licencia E ampara las escopetas de la 3.ª categoría (art. 101.1). El préstamo se documenta con una autorización escrita, fechada y firmada, para cazar durante quince días como máximo. La escopeta se entrega siempre con su guía de pertenencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Es incompleta: además de la licencia de caza, hace falta la licencia de armas de la escopeta (art. 91.1).
    • B) Sí puede prestarla, con las condiciones del art. 91.1.
    Idea clave Prestar un arma de caza = licencia de armas y licencia de caza. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 91.1, 101.1 y 3
  61. El/La titular de un arma larga rayada para caza mayor ¿a quien podrá prestar dicha arma?

    A) A nadie.
    B) A quienes estén provistos de la licencia de armas correspondiente y de licencia de caza.
    C) A quien esté provisto de licencia de caza.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta A quienes tengan la licencia de armas correspondiente y la licencia de caza, porque el art. 91.1 del Reglamento de Armas exige ambas para prestar armas de caza. La licencia D ampara las armas largas rayadas de caza mayor de la categoría 2.ª.2 (art. 100.1). El préstamo requiere una autorización escrita, fechada y firmada, para cazar durante quince días como máximo. El arma se entrega siempre con su guía de pertenencia.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Sí puede prestarla, con las condiciones del art. 91.1.
    • C) Es incompleta: además de la licencia de caza, hace falta la licencia de armas del arma larga rayada (art. 91.1).
    Idea clave Prestar un arma de caza = licencia de armas y licencia de caza. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 91.1, 100.1 y 3
  62. ¿Es cierto que las armas de caza podrán prestarse a quienes estén provistos de licencia de caza y de licencia de armas largas rayadas para caza mayor o escopeta correspondiente?

    A) Cierto.
    B) En ningún caso.
    C) Depende de la Comunidad Autónoma.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Es cierto: es la regla del art. 91.1 del Reglamento de Armas. Las armas de caza pueden prestarse a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o de escopeta que corresponda, con una autorización escrita, fechada y firmada, para usarlas durante quince días como máximo y precisamente para cazar.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) El art. 91.1 permite el préstamo, con esas licencias y por escrito.
    • C) El art. 91.1 no remite a las comunidades autónomas: fija él mismo a quién pueden prestarse.
    Idea clave Prestar un arma de caza = licencia de armas y licencia de caza. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  63. ¿Cómo se prestarán siempre las escopetas?

    A) Con sus guías de pertenencia.
    B) Con la licencia de caza.
    C) Con la guía de circulación.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Con sus guías de pertenencia, porque ese documento debe acompañar a la escopeta durante el préstamo. El art. 91.1 del Reglamento de Armas exige prestar las armas con sus guías de pertenencia. Además, el art. 89.2 establece que la guía acompaña al arma en los casos de uso, depósito y transporte.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) La licencia de caza acredita un requisito del prestatario, pero no sustituye a la guía de pertenencia que debe acompañar a la escopeta (art. 91.1).
    • C) La guía de circulación ampara traslados sin licencia o sin guía de pertenencia (art. 31.1); el préstamo va con la guía de pertenencia.
    Idea clave Escopeta prestada = siempre con su guía de pertenencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91, apartados 1 y 2, y art. 89.2; Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 31.1
  64. ¿Cómo se prestarán siempre las armas de caza?

    A) Con sus guías de pertenencia.
    B) No se pueden prestar.
    C) Con sus fundas.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Con sus guías de pertenencia, porque el art. 91.1 del Reglamento de Armas dice que las armas se prestarán siempre con ellas. El préstamo de armas de caza se hace con una autorización escrita, fechada y firmada, a quien tenga licencia de caza y la licencia de arma correspondiente, y la guía de pertenencia acompaña al arma, como en todo uso, depósito o transporte (art. 89.2).Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) Sí pueden prestarse, con las condiciones del art. 91.1.
    • C) El art. 91.1 exige que vayan con sus guías de pertenencia; una funda no sustituye a ese documento.
    Idea clave Arma de caza prestada = siempre con su guía de pertenencia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 91.1 y 89.2
  65. ¿Se podrán prestar las armas de caza a quien no esté provisto de licencia de caza?

    A) Sí, si quien la va a utilizar dispone de finca particular para el ejercicio de la caza.
    B) No.
    C) Si, por no ser requisito fundamental.

    Respuesta correcta: B

    Por qué es la respuesta correcta No, porque el art. 91.1 del Reglamento de Armas exige que quien recibe prestada un arma de caza tenga licencia de caza, además de la licencia de arma que corresponda. El préstamo es precisamente para cazar, con una autorización escrita, fechada y firmada, durante quince días como máximo, y sin licencia de caza falta uno de sus requisitos.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • A) Tener una finca no sustituye a la licencia de caza: el art. 91.1 no prevé esa excepción.
    • C) Es un requisito del art. 91.1, no un detalle: sin licencia de caza no hay préstamo.
    Idea clave Sin licencia de caza, no hay préstamo de armas de caza. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), art. 91.1
  66. ¿Qué requisito es necesario acreditar para obtener la guía de pertenencia de un arma?

    A) Que cumple con las medidas de seguridad impuestas en la custodia de la misma.
    B) Que no ha tenido ningún incidente en el uso de las armas.
    C) Que no ha extraviado en ninguna ocasión la guía de pertenencia.

    Respuesta correcta: A

    Por qué es la respuesta correcta Que cumple las medidas de seguridad impuestas para su custodia, porque el art. 89.5 del Reglamento de Armas lo exige para expedir la guía de pertenencia. Los titulares de armas de fuego tienen que acreditarlo ante las Intervenciones de Armas, si no lo han acreditado antes. La guía de pertenencia es el documento que necesita cada arma de las categorías que enumera el art. 88.Por qué las demás respuestas son incorrectas
    • B) El art. 89.5 no habla de incidentes previos: pide acreditar las medidas de seguridad para la custodia.
    • C) Tampoco es el requisito del art. 89.5, que se refiere a las medidas de seguridad para la custodia.
    Idea clave Guía de pertenencia = acreditar las medidas de seguridad de custodia. Fuente: Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), arts. 89.5 y 88

Origen de las preguntas

Las preguntas, sus opciones y la respuesta correcta proceden de los cuestionarios que la Guardia Civil publica para la prueba teórica de las licencias de armas D y E: por cada uno de los 7 temas, un PDF de preguntas y otro de respuestas, con la correcta en negrita. Los cuestionarios publicados son de 2020, la fecha de sus PDF. El texto es el de esos PDF, con algunas erratas de ortografía corregidas: las únicas diferencias son de ortografía y de puntuación, como una tilde, unas comillas o un punto final. La presentación y el PDF que reúne las 423 preguntas son de Yurkap.

Programa y cuestionarios de la prueba teórica en la web de la Guardia Civil

Preguntas y respuestas cotejadas con los PDF oficiales el

Yurkap es una herramienta de preparación independiente y no está vinculada a la Guardia Civil.